Información técnica y legal explicada de forma transparente.
Preguntas Frecuentes
Respuestas técnicas claras a las consultas más habituales sobre la NOM-020-STPS y peritajes en Querétaro.
La NOM-020-STPS rige las condiciones de seguridad para el funcionamiento de recipientes sujetos a presión, recipientes criogénicos y generadores de vapor o calderas en Querétaro. Obliga a clasificar los equipos en Categorías I, II o III, contar con planos, memorias de cálculo, bitácoras de operación y realizar pruebas de presión periódicas avaladas por peritos para evitar riesgos catastróficos.
Están obligados todos los compresores de aire con tanque acumulador, calderas de vapor o agua caliente, tanques de almacenamiento de gas LP, tanques criogénicos, autoclaves y reactores presurizados que operen en parques industriales, bodegas, comercios y hospitales de Querétaro, El Marqués, Corregidora y San Juan del Río.
Las válvulas de seguridad y alivio de presión (PSV) deben calibrarse y certificarse al menos una vez al año, o según lo dictamine el manual del fabricante y el perito acreditado. Se realizan pruebas en banco certificado para garantizar que abran con exactitud a la Presión Máxima de Trabajo Permisible (PMTP).
Es una prueba no destructiva (PND) que utiliza ondas acústicas de alta frecuencia para medir el espesor remanente del cuerpo y tapas de los recipientes. Permite detectar corrosión interna, desgaste mecánico y adelgazamiento de placa sin dañar el equipo, asegurando que mantenga la resistencia estructural requerida por la norma en Querétaro.
La prueba hidrostática utiliza agua como fluido incompresible a una presión típicamente 1.3 a 1.5 veces la presión de diseño, siendo el método más seguro para evaluar fugas y resistencia mecánica. La prueba neumática utiliza aire o gas inerte bajo estrictos protocolos de seguridad y solo se aplica cuando el equipo no tolera humedad residual.
La Coordinación Municipal y Estatal de Protección Civil de Querétaro exige el dictamen de integridad mecánica y constancia de cumplimiento de la NOM-020-STPS como requisito obligatorio para emitir o renovar el Visto Bueno anual y la Licencia de Funcionamiento, ya que un recipiente sin control representa un riesgo de explosión de alto impacto.
La placa metálica inalterable debe contener: nombre del fabricante, número de serie único, año de fabricación, código de diseño (ej. ASME Sección VIII), Presión Máxima de Trabajo Permisible (PMTP), presión de prueba, temperatura de diseño y número de control asignado ante la autoridad competente en Querétaro.
El expediente técnico incluye la memoria de cálculo de diseño, planos mecánicos aprobados, certificados de calibración de manómetros y válvulas de seguridad, reportes de pruebas no destructivas (ultrasonido/líquidos penetrantes), bitácora de operación y mantenimiento, y el dictamen de perito certificado.
Operar recipientes Categoría III o calderas sin aviso ni dictamen ante la STPS y Protección Civil en Querétaro puede acarrear multas económicas severas de cientos de miles de pesos, suspensión temporal de actividades, clausura de líneas productivas y responsabilidad legal inmediata en caso de siniestro.
Brindamos un servicio integral llave en mano: levantamiento físico de equipos, inspección no destructiva por ultrasonido, calibración de válvulas, elaboración de memorias de cálculo, integración de la bitácora y gestión del expediente completo ante Protección Civil y la STPS en Querétaro para que su empresa opere con total tranquilidad.